El día 18 de octubre de 2021 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de internet, la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en ella se da a conocer la modificación de las fracciones I y X de la regla 2.7.1.39 Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor en la cual se resume lo siguiente:
- Disminución del monto a considerar para cancelar un documento sin aceptación por parte del receptor, pasando de $5,000.00 a $1,000.00 (M.N.). Es decir, todos los documentos con un importe total mayor a $1,000.00 ahora requieren aceptación por parte del receptor.
- El plazo de cancelación se modifica de tres días a un día hábil para que sean consideradas dentro de las facturas cancelables sin aceptación.
Todas las excepciones para la cancelación sin aceptación podrás consultarlas en el documento: Proceso de cancelación de CFDI.
Los sistemas Aspel ya están operando con estas nuevas disposiciones fiscales, por lo que no es necesario llevar a cabo algún proceso adicional.
¡Listo! Con estos pasos estarás actualizado.