Mantenerte informado sobre las reformas publicadas el 21 de febrero de 2025 a la Ley del INFONAVIT te permite comprender las obligaciones del patrón respecto a aportaciones y descuentos en nómina, aplicar correctamente los límites legales, evitar errores en los pagos y ajustar los sistemas y procedimientos conforme a la normativa vigente.
1. Conoce los cambios más relevantes.
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Artículo 29.-… I.- a IX.-… «La obligación de efectuar las aportaciones y hacer los descuentos a que se refieren las fracciones II y III anteriores, se suspenderá cuando no se paguen salarios por ausencias en los términos de la Ley del Seguro Social, siempre que se dé aviso oportuno al Instituto, en conformidad al artículo 31. Tratándose de incapacidades expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, subsistirá la obligación del pago de aportaciones.» | Artículo 29.-… I.- a IX.-… «La obligación de efectuar las aportaciones a que se refiere la fracción II anterior, se suspenderá cuando no se paguen salarios por ausencias en los términos de la Ley del Seguro Social, siempre que se dé aviso oportuno al Instituto, en conformidad al artículo 31. Tratándose de incapacidades expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, subsistirá la obligación del pago de aportaciones. Cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos a que se refiere, la fracción III no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social.» |
2. Revisa los antecedentes.
A continuación te indicamos las precisiones que ha realizado el INFONAVIT hasta la fecha:
- Los patrones no tendrán obligación relacionada con el pago de las cuotas que no se le puedan retener al trabajador cuando tenga faltas por incapacidad o ausencias.
- El patrón en ningún caso deberá realizar un descuento mayor al salario pagado al trabajador o en su caso a la cantidad que resulte de lo previsto por el artículo 97 de la ley federal del trabajo (20% del salario).
- En el caso de que el salario del trabajador no sea suficiente para cubrir el monto del descuento, el patrón no tiene alguna obligación relacionada con el pago de las cuotas que no se pudieron retener y tampoco existirá cantidad pendiente a descontar en meses posteriores. Sin embargo, el INFONAVIT realizará cambios en las condiciones de amortización del crédito.
- El patrón deberá reportar la cantidad descontada y presentar la aclaración indicando que no hubo salario mayor que enterar.
- El jueves 11 de septiembre del 2025 se publicó en el portal del INFONAVIT la ampliación del plazo para la implementación de la reforma al artículo 29 donde se aprobó comenzar a aplicarla a partir del pago de salarios correspondientes al 6° bimestre de 2025 (noviembre y diciembre), cuyo entero deberá efectuarse a más tardar el 17 de enero de 2026.
- Empleadores que ya ajustaron sus sistemas y procesos para cumplir con lo establecido en la reforma, no necesitarán hacer uso del nuevo plazo de implementación, pueden aplicar los descuentos conforme a lo previsto en el artículo 29 usando la versión 3.6.7 del SUA.
- Empleadores que quieran ocupar el nuevo plazo de implementación desde el pago del cuarto bimestre 2025 (bimestre 2504), que se realizará a más tardar el 17 de septiembre del 2025, en caso de que todavía no hayan instalado la versión 3.6.7 deberán de utilizar la versión con la cual han venido operando para los bimestres anteriores. En caso de que ya se haya instalado entonces deberán de realizar la descarga de la versión 3.6.8 que se publicará próximamente en el Portal del IMSS y/o INFONAVIT en su apartado Sistema Único de Información (SUA).
3. Configura la amortización 20% con base al total de percepciones.
Para cumplir oportunamente con la normativa del INFONAVIT y evitar descuentos indebidos en la nómina, se integra una nueva sección en los parámetros de la nómina llamada Validación de salario mínimo en amortización, donde se podrá configurar cómo se debe considerar el salario del trabajador para validarlos contra el salario mínimo, al momento de aplicar descuentos por amortización de crédito INFONAVIT.
Esta funcionalidad es ideal para casos en los que los trabajadores tienen créditos vigentes y, debido a ausencias o incapacidades, sus ingresos no alcanzan para cubrir el descuento completo. Con esta validación, se asegura de no exceder el 20% del salario del trabajador.
Te recomendamos consultar el tutorial para configurar los parámetros para la ley INFONAVIT 2025.
¡Genial! Ahora conoces los cambios en la ley del INFONAVIT 2025.
