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Crear o dar de alta percepciones y deducciones

Crear o dar de alta percepciones y deducciones te sirve para establecer qué conceptos integrarán la nómina y cómo se aplicarán a cada trabajador. A través de este registro defines si un importe se sumará o descontará, la forma en que se calculará, a quién afectará y en qué tipo de nómina se utilizará. Esto te permite controlar el impacto en el salario, en los acumulados del período y del año, así como en el cálculo de impuestos y otras obligaciones. 

A continuación, realiza lo siguiente:

1. Ingresa a la ruta

Dirígete al menú Nómina y haz clic en el ícono Percepciones y deducciones .

2. Captura la información

Al abrir la ventana, haz clic en el ícono Agregar . El sistema desplegará la pantalla donde podrás registrar y configurar la nueva percepción o deducción.

3. Es necesario capturar la siguiente información:

Importante: los campos obligatorios están marcados con un recuadro de color naranja .

  • Clave: debe contener cuatro caracteres. El primero será una P (percepción) o D (deducción), seguido de tres números consecutivos del 001 al 999.
  • Estatus: define el comportamiento del concepto:
    • Alta: se aplica la percepción o deducción en la nómina y se mostrará en los recibos de los trabajadores; en el período siguiente se sumarán los acumulados.
    • Baja: los montos no se calcularán, pero el concepto seguirá apareciendo en el catálogo. Al realizar el corte anual, las percepciones y deducciones con este estatus son eliminadas del catálogo. 
    • Cálculo: las percepciones y deducciones con este estatus se utilizan principalmente para cálculos intermedios, pero no aparecen desglosadas en el recibo. Sin embargo, los montos de las percepciones y deducciones se acumularán al crear el siguiente período.
    • Inactiva: no se utilizan en los cálculos, pero se encuentran en el catálogo para su uso en posteriores nóminas. Cuando se realiza el corte anual, no se eliminan del catálogo.
  • Descripción: indica el nombre que identificará a la percepción o deducción.
  • Fórmula: establece el importe fijo o el procedimiento de cálculo. Puedes apoyarte en el ícono Ayuda para consultar opciones disponibles.

  • Aplicación: indica cómo afectará la percepción o deducción a la nómina.
    • General: si la percepción o deducción se va a calcular para todos los trabajadores.
    • Individual: si la percepción o deducción se va a calcular a un trabajador en particular.
  • Nómina: define el tipo de nómina en la cual se aplicará el concepto que se está registrando, ya sea normal o especial.
  • Tipo de percepción: el tipo seleccionado determinará la forma en que la percepción contribuirá al salario diario integrado de los trabajadores.

  • Impuesto sobre la Renta (ISR) para gratificaciones anuales, Participación de Utilidades (PTU) y primas: al activar esta opción, indicas al sistema que el cálculo del ISR deberá realizarse conforme a lo establecido en el Artículo 174 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), aplicable a percepciones extraordinarias como aguinaldo, PTU, prima dominical y prima vacacional.
  • Pago en especie: indica que el concepto se cubrirá con un beneficio distinto al efectivo, como vales de despensa.
  • Aplica destajo: permite calcular el importe según productividad (unidades vendidas, horas trabajadas, piezas terminadas, etc.).
  • Prestaciones de previsión social: al activar este campo, indica al sistema qué percepciones de previsión social tienen los trabajadores.

  • Clave del calendario: determina cómo se generarán los acumulados; puedes seleccionar uno existente o definirlo.
  • Monto del período: muestra el acumulado conforme al calendario elegido, sin incluir la nómina en proceso.
  • Monto anual: refleja el acumulado del año sin considerar la nómina actual.

  • Recibos electrónicos / Clave SAT: asigna la clave oficial del catálogo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) correspondiente al concepto. Puedes apoyarte en el ícono Ayuda .

Importante: con motivo de la entrada en vigor de la revisión E del complemento 1.2 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina, se agregan nuevas claves SAT.

4. Guarda la información

Al completar los campos, haz clic en el botón Guardar . El sistema te solicitará la clave de administrador; después, selecciona Aceptar

Finalmente, confirma la información presionando ⁣cuando el sistema lo solicite.

¡Gran trabajo! Ya puedes crear o dar de alta percepciones y deducciones de forma correcta y segura.

44 comentarios en “Crear o dar de alta percepciones y deducciones”

    1. ¡Buen día, Julio cesar! Te sugerimos validar que cuentes con la última actualización del sistema, ya que es necesario para el manejo correcto de la clave. Adicionalmente, revisa que la clave esté correctamente asociada al concepto correspondiente en la configuración de percepciones/deducciones.
      Si después de esto el mensaje continúa, será necesario revisar la configuración del catálogo de conceptos para confirmar la asignación correcta de la clave.

    1. ¡Buen día, Yesenia García! Genera primero un respaldo de tu información y posteriormente verifica si cuentas con el último reinstalable disponible; en caso contrario, realiza la actualización.

    1. ¡Buen día, CATALINA DIAZ! Ingresa al menú Configuración > Parámetros del sistema y verifica la clave asignada a la percepción de horas extras. Si es necesario, realiza las modificaciones correspondientes y vuelve a intentar.

  1. Buenos dias las percepciones y deducciones de dias de descanso las tengo que dar de alta manualmente ya tengo el reinstalable 18 con las nuevas claves del sat

    1. ¡Buen día, Karina! Se recomienda que NOI se configure principalmente con las percepciones 054 (Días de descanso laborados) y 055 (Días de descanso obligatorio laborados), disponibles desde el reinstalable 17 de NOI 11. Para actualizar correctamente: realiza un respaldo, aplica la actualización mediante Aspel AL, y si ya cuentas con el R18, renombra la instalación y ejecuta la opción de reparar.

    1. ¡Buen día, Luis Gonzalez! Ingresa al menú Fiscales, despliega Subcontratación, selecciona INFONAVIT (SISUB) y haz clic en Sujeto obligado.

  2. Hola! como puedo configurar el día de descanso laborado obligatorio, se que va la clave del sat 055 pero que formula lleva en la parte de datos fiscales y base fiscal. Porque va parcialmente exento.

    1. ¡Buen día, Carmen Aguilar! El sistema lo calcula automáticamente, pero primero debes definir el día de descanso del trabajador. Si laboró en ese día, registra una percepción con su clave SAT y agrega el monto ya calculado; la fórmula puedes revisarla tu contador si es necesario.

  3. buenas tardes, configure el concepto de prima dominical, y cuando importe el importe el días, me aparece en movimientos, pero no en la nomina, ya lo valide y no identifico que estoy configurando incorrectamente, lo mismo me pase con el concepto de dia festivo.

    1. ¡Buen día, Mari! Al dar de alta la deducción en el sistema, esta queda disponible al seleccionar la clave SAT a partir de la versión R17

    1. ¡Buen día, Jaime! Es necesario identificar exactamente dónde deseas ver el cálculo: si en los acumulados, en algún reporte específico o directamente en la nómina del trabajador. Te sugerimos revisarlo con soporte técnico para que te orienten correctamente la configuración.

  4. ¿Cómo puedo configurar la deducción de fondo de ahorro sin que lo reste 2 veces?, es decir según la guía de llenado se debe reflejar la deducción 2 veces empleado-patrón, pero cuando creo las 2 deducciones se resta 2 veces y solo debe descontarse la parte del empleado.

    1. ¡Buen día, BLANCA! Es posible que se deba al estatus de la percepción de Fondo de Ahorro Patrón. Esta debe estar configurada como ‘Cálculo’ para que no se muestre en el recibo de nómina. Te recomendamos revisarlo con soporte técnico para confirmar la configuración.

    1. ¡Buen día, Angeles! Para este tipo de consultas sobre sueldos y vacaciones, te sugerimos comunicarte directamente con Soporte Técnico, ya que la fórmula de sueldos y vacaciones depende de la nómina y condiciones específicas de cada empresa.

  5. Buenos días,

    A partir de que reinstalable o cuando estarán disponibles las nuevas percepciones del catalogo del SAT
    054 Días de descanso laborado
    055 Días de descanso obligatorio laborados

    Saludos

    1. ¡Buen día, Isaias! Las percepciones 054 Días de descanso laborado y 055 Días de descanso obligatorio laborados ya se encuentran disponibles a partir del Reinstalable 17 de NOI 11.

  6. Gabriel lopez garrido

    Hola , buenas tardes
    Me puede compartir la formula de las Horas Extras dobles ? la que va en la parte de bases fiscales, y ademas como se configura ? como parcialemente exento , o como gravado ?
    Gracias de antemano

    1. ¡Buen día, Gabriel López Garrido! Para este tipo de configuración específica de fórmulas y tratamiento fiscal de las Horas Extras dobles, lo más recomendable es que nuestro equipo de soporte técnico lo revise directamente, ya que ellos pueden indicarte los pasos exactos y el cálculo correcto según tu caso.

    1. ¡Buen día, SONIA MARTÍNEZ MUÑOZ! En este caso es necesario que te comuniques con soporte técnico, ya que cuando no aparece el ícono de agregar o no permite modificar percepciones suele deberse a una configuración interna o permisos que deben revisarse directamente en el sistema. Ellos podrán ayudarte a validar y corregir el detalle.

    1. ¡Buen día, Emanuel! Las claves SAT 1003, 1006 y 1999 normalmente deben llevar las bases fiscales en “No definido”. Si no están así, el sistema impedirá timbrar. No obstante, al ser un tema fiscal, es importante validarlo con su contador.

  7. Jesús Campo Alcocer

    Debo reembolsar una retención de crédito infonavit, mediante Otro pagos, pero no me aparece en el catálogo de percepciones. Cómo debo realizarlo

    1. ¡Buen día, Jesús Campo Alcocer! Para reembolsar una retención de Infonavit en Otros pagos, primero necesitas crear la percepción correspondiente en el catálogo de percepciones, ya que por defecto no siempre se muestra.

  8. MA EUGENIA BRAVO AMADOR

    Como puedo hacer para incluir conceptos de pago en un colaborador que tiene todo el periodo en incapacidad, quiero pagar subsidio por incapacidad, la empresa paga la diferencia que no paga el imss

    1. ¡Buen día, MA EUGENIA BRAVO AMADOR! Es necesario agregar el concepto directamente en el movimiento de nómina. Por ejemplo, si durante todo el período el trabajador tuvo incapacidad y al consultar el recibo aparece en 0, debes ingresar al movimiento, dar de alta el concepto correspondiente, como P20 Subsidio por Incapacidad, indicar la cantidad que le corresponde y registrar la deducción de ISR. Al finalizar, timbra el recibo para que quede correctamente reflejado.

    1. ¡Buen día, Lidia! Verifica que tengas actualizado el re-instalable o repara la instalación (previo respaldo), ya que la clave sí está en el catálogo. Recuerda que la clave 004 pertenece a Deducciones, no a Percepciones.

    1. ¡Buen día, Adoración! Ingresa al detalle de P104 PRIMA DE ANTIGÜEDAD y, en la pestaña Bases fiscales, revisa tanto las bases fiscales como la fórmula, que debería ser: @SI[P100>0.0, (P101/P100)*P104, 0].

    1. Buenas tardes, la captura es manual; sin embargo, al crear nuevas empresas el sistema sugiere el catálogo estándar de percepciones y deducciones.

    1. Antonio Hernandez
      Antonio Hernandez

      Buenas tardes, no afecta si las percepciones y/o deducciones se homologan, sin embargo, si utilizas el catálogo estándar recuerda que hay algunas percepciones y deducciones que utiliza el sistema por omisión para hacer cálculos, por ejemplo las deducciones de relacionadas con el subsidio.

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