Al generar avisos de suspensión y reanudación de trabajadores en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), te permite cumplir con tus obligaciones fiscales al notificar oportunamente a la autoridad sobre cambios en la situación laboral de tus colaboradores, filtrando los datos, exportando el archivo y manteniéndote al día con las disposiciones vigentes.
Para generar el archivo, realiza lo siguiente:
1. Conoce las posturas fiscales sobre los avisos.
Antes de generar el aviso, toma en cuenta que existen dos posturas comunes sobre cuándo deben presentarse:
| Postura | Condiciones para generar avisos |
|---|---|
| Los avisos no siempre se presentan | – El aviso de reanudación se genera solo si el colaborador está en suspensión de actividades en el RFC al momento de ser contratado. – El aviso de suspensión solo se genera si el patrón fue quien realizó el trámite de inscripción del colaborador en el RFC. |
| Los avisos siempre se deben presentar | – El aviso de reanudación se genera en todos los casos donde el colaborador ya está dado de alta en el RFC, sin importar su situación actual. – El aviso de suspensión se genera cada vez que el colaborador termina su relación laboral con el patrón. |
2. Revisa los datos del colaborador.
Importante: verifica que tus colaboradores tengan habilitado o deshabilitado en su expediente la opción RFC previamente registrado en el SAT de acuerdo al aviso que deseas generar.

3. Accede a la ruta.
Ingresa desde el menú Fiscales, das clic en el ícono Avisos de trabajadores
.

4. Define datos del aviso.
Se despliega la siguiente ventana, para que indiques la información que se solicita conforme a tus necesidades:

Datos generales.
Datos de los archivos a generar.
- Ruta: Por omisión, el sistema indica la carpeta C:\Program Files (x86)\Common Files\Aspel\Sistemas Aspel\NOI11.00\Datos(#empresa), donde será almacenado el archivo en tu equipo de cómputo, si deseas cambiar su ubicación, presiona en el ícono de Ayuda
.
Generar avisos de.
Activa la opción, de la cual requieres se muestren los datos, como:
- Reanudación asalariados: Este aviso contempla aquellos colaboradores que tengan estatus de alta o reingreso y el parámetro activado de RFC previamente registrado en el SAT.
- Suspensión asalariados: Este aviso considera a aquellos colaboradores que tengan estatus de baja o finiquito.
Nota: en ambos casos la extensión del archivo será *.txt.
Filtro.
Se consideran a los colaboradores que cumplan con los criterios que selecciones.
- Registro patronal: Si manejas múltiples registros patronales podrás seleccionar el que corresponda, de lo contrario este campo es solo informativo.
- Rango de Departamentos: Indicas las claves de los departamentos que deseas incluir.
- Periodo de reanudación o suspensión: En los campos Desde / Hasta defines la fecha que NOI, tomará en cuenta para generar el archivo. Da clic en el ícono del Calendario
, para una selección más específica.
5. Genera el archivo.
Al finalizar, das clic en el botón Aceptar
.
Se desplegará una venta informativa indicando que se realizó de manera exitosa la exportación del archivo (dependiendo de la opción seleccionada) y das clic nuevamente en Aceptar
.

Ingresas a la ruta, abres el archivo y observa su estructura. Por ejemplo:

6. Consulta la estructura del archivo generado.
En la siguiente tabla, te indicamos su estructura:
Columna | Descripción |
1ra. | Clave en el RFC del asalariado a 13 posiciones. |
2da. | Clave CURP a 18 posiciones del asalariado. |
3ra. | Primer apellido del asalariado. |
4ta. | Segundo apellido del asalariado (no obligatorio). |
5ta. | Nombre(s) del asalariado. |
6ta. | Fecha de suspensión o reanudación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA. |
7mo. | Marca del indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1 o 2):
|
8va. | Clave de RFC del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda persona moral o persona física. |
9na. | Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6): • Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). • Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). • Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). • Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). • Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a 400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). • Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100M.N.). |
¡Perfecto! Has aprendido cómo generar avisos de suspensión / reanudación de trabajadores para el SAT y cumplir con la normativa vigente.
