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Nuevos cambios del CFDI 4.0

El 12 de noviembre del 2021, el Ejecutivo Federal emitió el DECRETO en el que se reforman reglas en materia del Comprobante Fiscal Digital por internet (CFDI) las cuales entran en vigor de manera NO obligatoria a partir del 1º de enero del 2022.

El 08 de junio del 2022 el SAT informa que la obligatoriedad comenzará el 1º de enero del 2023.

Importante: El SAT informa que la entrada para la nueva versión 4.0 en los recibos de nómina será prorrogada hasta el 30 de junio de 2023.

A continuación, te presentamos los nuevos cambios del CFDI:

1) Nuevos cambios del CFDI a versión 4.0

Será obligatorio incluir en el CFDI el nombre o la razón social, el RFC, código postal del domicilio fiscal y el régimen fiscal del contribuyente receptor.

Se incluyen nuevos campos y sus catálogos correspondientes, para indicar:

  • Si el CFDI que se emite corresponde a exportación de bienes.
  • Si el concepto a facturar es objeto o no de impuestos indirectos.
  • La sumatoria de todos los atributos base de los conceptos de impuesto trasladado.

Se incluyen nuevos apartados relacionados con la emisión del CFDI de operaciones con público en general (CFDI Global) y en operaciones por cuenta de terceros; los cuales que se vuelven condicionales; es decir, solo se deberán llenar en caso de que sean aplicables para la operación que se llevará a cabo.

Se considera que se puedan relacionar más de un comprobante CFDI en el nuevo que se expida por sustitución o para relacionar CFDI de traslados, notas de crédito o notas de débito.

Al utilizar en operaciones en moneda distinta al peso mexicano, se precisa que se deberá utilizar el tipo de cambio FIX.

Un tipo de cambio fijo o FIX se determinará al comparar el peso mexicano contra el dólar norteamericano, con el fin de mantener un tipo de cambio estable.

Se actualizan las validaciones que deberá realizar el Proveedor Autorizado de Certificación a los CFDI, así como la matriz de errores.

2) Nuevos cambios del CFDI de Retenciones e Información de Pagos versión 2.0

Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.

Se incluyen los campos de CFDI relacionados, con el propósito de poder relacionar comprobantes en los casos de sustitución.

Se actualizan las referencias para el llenado de los campos de mes inicio, mes fin y ejercicio; pero, para el ejercicio, se precisa que solo podrá corresponder al ejercicio en curso o al inmediato anterior.

Se deberán incluir los importes en los campos de Totales y Retenciones en Moneda Nacional.

Se incluyen los campos relacionados con utilidad bimestral e ISR correspondiente, los cuales deberán utilizarse cuando se use la clave de retención 28.

3) Nuevos cambios del CFDI de Recepción de Pagos versión 2.0

Se deberá incluir la información de los impuestos trasladados y retenidos por cada pago recibido. Los importes deberán expresarse en Moneda Nacional.

Dentro de la sección de documento relacionado se deberá indicar si el documento origen es objeto o no del impuesto; así como la información de los impuestos trasladados y retenidos del CFDI origen.

Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

¡Listo! Conoces los cambios del CFDI.

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