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Recibo de nómina con reintegro de ISR retenido en exceso

El 10 de noviembre del 2017 el SAT (Sistema de Administración Tributaria), refiere al uso de las claves 101 ISR Retenido de ejercicio anterior y 005 Reintegro de ISR retenido, cuando se requiera hacer ajuste al ISR que no se retuvo o que se retuvo de más.

  • La clave 101 corresponde al catálogo de tipo deducción
  • La clave 005 corresponde al catálogo de otros pagos.

El sistema NOI no realiza el reintegro de ISR de manera natural, ya que al tener configurado correctamente el tipo de cálculo en cada nómina con Mensual o Ajustado según corresponda y al emitir la nómina anual se retiene el ISR del mismo ejercicio.

Importante: Si el patrón decide reportar este ISR a cargo o a favor del trabajador en el siguiente ejercicio, es totalmente responsabilidad de quien lo aplique, ya que su captura y administración es manual y no forma parte del funcionamiento actual del sistema. Así mismo la configuración y las pruebas quedan a cargo del usuario.

A continuación, se describen los pasos para realizar el reintegro de ISR del ejercicio anterior:

Si decides realizar el reintegro de ISR en el siguiente ejercicio, debe asignarse en el nodo Otros pagos del XML, la clave SAT 005 (Reintegro de ISR retenido) esto de acuerdo en lo estipulado en la guía de llenado de Nómina.

Paso 1. Configura el sistema para el reintegro de ISR

Importante: Las configuraciones solo se implementa en la nómina en la que se realizará el reintegro, posteriormente el sistema se va a regresar a la configuración habitual.

a) Configura la plantilla de reintegro de ISR en el trabajador

1. Descargas la plantilla del recibo de nómina para el reintegro de ISR, das clic >>aquí<<.

2. Guardas la plantilla que previamente se descargó, en la siguiente ruta:

Sistema operativo de 64 Bits
C:\ Program Files (x86) \ Common Files \ Aspel \ Sistemas Aspel \ NOI11.00 \Datos (# de empresa) \ Comprobantes

Sistema operativo de 32 Bits
C:\ Program Files \ Common Files \ Aspel \ Sistemas Aspel \ NOI11.00 \Datos (# de empresa) \ Comprobantes

3. Agregas la plantillaCFDI_4_0_Reintegro.xml en el trabajador en cuestión, para ello te diriges a la ruta: Menú Nómina y das clic en el ícono .

Posteriormente, seleccionas al trabajador y das clic en el ícono para entrar al detalle del trabajador e indicas la ruta de la plantilla en la pestaña Fiscales.

b) Configuras la deducción para reintegro

1. Das de alta la deducción de reintegro dentro del catálogo con las siguientes características:

Tipo

Clave

Descripción

Estatus

Fórmula

Clave SAT

Bases

Fiscales

DEDUCCIONES

D112

REINTEGRO DE ISR EJE ANT

Alta

N/A

101

N/A

2. Configuras en los parámetros del sistema la deducción que se dio de alta en el punto anterior, para ello te diriges a la ruta: Menú Configuración y das clic en el ícono .

Después das clic en la sección de Parámetros del sistema y pulsas la pestaña Percepciones y deducciones.

En el campo Subsidio al empleo, estableces la nueva deducción (D112).

Paso 2. Genera el movimiento a la nómina

a) Das de alta un movimiento a la nómina usando la deducción que previamente se capturó y colocas el monto con valor en negativo, para ello te diriges a la ruta: Menú Nómina y das clic en el ícono Nómina del trabajador.

b) Indicas la clave del trabajador y en la sección de Movimientos pulsas el ícono para dar de alta un nuevo movimiento.

Importante: Para poder aplicar la plantilla de reintegro de ISR, el trabajador en su recibo debe tener la retención de ISR y NO un subsidio, en caso de existir un subsidio al empleo NO se podrá generar el timbrado.

Paso 3. Timbras y consultas el recibo de nómina

Una vez que hayas realizado las modificaciones en el detalle del trabajador y el movimiento a la nómina, realizas el timbrado del recibo de nómina.

En el archivo *.XML se mostrará el nodo Otrospagos del XML, se observa lo correspondiente al reintegro de ISR con la clave SAT 005 (Reintegro de ISR retenido).

Importante: Una vez generado el recibo del trabajador, no olvides regresar la configuración habitual de los parámetros del sistema y del trabajador.

2 comentarios en “Recibo de nómina con reintegro de ISR retenido en exceso”

  1. Verónica Benítez

    Entonces ya no se va a hacer como una compensación donde nada mas se podía compensar lo del impuesto de la semana o quincena , y si quedaba un remanente se iba haciendo la compensación así hasta que se terminara de hacer la compensación de impuestos del ejercicio anterior.
    ya se puede hacer la reintegración del isr de ejercicio anterior completa?

    1. Antonio Hernandez

      Buenas tardes, Verónica es correcto en caso de que el impuesto a cargo del trabajador sea menor al Subsidio para el Empleo, no procederá el pago del excedente de subsidio como anteriormente se realizaba.

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